La Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, rige las normativas referentes a las zonas comunes a diferentes propietarios. Así, con la Ley de propiedad horizontal aplicada a placas solares, es posible resolver dudas sobre los derechos sobre instalaciones fotovoltaicas en comunidades de vecinos y similares. Con este artículo, se abrirán vías para no tener que decir: «mi comunidad no me deja poner placas solares».
Requisitos para instalar placas solares en comunidad de vecinos
– Zona común lo suficientemente grande para instalar las placas. Y que, además, este situada de forma óptima para poder aprovechar la energía solar.– Los consumidores deben de estar conectados al mismo centro de distribución de la electricidad, y que éste lo haga en baja tensión.– Entre la instalación fotovoltaica y el lugar de consumo no puede haber una distancia superior a 500 metros.– La instalación de placas solares y los lugares de consumo deben de compartir referencia catastral considerando los primeros catorce dígitos.¿Qué dice la Ley de propiedad horizontal de las placas solares?
La actual Ley de propiedad horizontal y placas solares surge de las medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Y así viene plasmado en el Decreto-ley.Hablamos de una Ley de propiedad horizontal sobre placas solares que busca favorecer la mejora de la eficiencia energética en los edificios y la implantación de energías renovables.Los propietarios que quieran llevarlo a cabo deberán convocar una junta o reunión de vecinos donde lanzar la propuesta a votación. Esto es común a todo tipo de instalaciones de placas solares en comunidades de vecinos. Luego podemos encontrar peculiaridades.Para placas solares de zonas comunes y/o de todos los vecinos
En el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, viene reflejada la Modificación de la Ley 49/1060, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que afecta directamente a la instalación de placas solares. Esta dicta que, para poder realizar una instalación fotovoltaica, el proyecto tiene que ser aprobado por la mayoría de los propietarios y de la cuota de participación en la asamblea. Saldrá adelante siempre que el coste total anual, descontadas las subvenciones en placas solares y aplicados otros conceptos como la financiación, “no supere la cuantía de nueve mensualidades ordinarias de gastos comunes”.En caso de que se cumplan esos requisitos, todo vecino estará obligado a realizar la aportación económica correspondiente para los costes relativos a la instalación de placas solares y a su mantenimiento. Independientemente de cuál fuera su voto en la asamblea, ya que también se beneficiarán de la energía solar.Entre estos tipos de instalaciones podrían aprovecharse para ejemplos como:- Iluminación de rellanos
- Iluminación de escaleras
- Funcionamiento del ascenso
- Funcionamiento de la puerta de garaje
- Iluminación del garaje
Para placas solares de uso privativo en comunidades
Para instalaciones de placas solares para uso privativo dentro de una comunidad de vecinos, de uno o varios propietarios, será necesario pedir permiso a la comunidad para las placas solares. También será necesaria la aprobación de un tercio de propietarios y de la cuota de participación.En estas situaciones, los gastos de instalación y mantenimiento de placas solares no afectarán a toda la comunidad, solo a quienes votaron a favor y van a aprovecharse de la instalación fotovoltaica. Aquellos que quisieran engancharse a posteriori a este elemento común, deberán abonar el importe correspondiente a una actualización y el correspondiente interés legal.Trámites para la instalación de placas solares en una propiedad horizontal
Para completar una instalación solar en una comunidad hay que seguir una serie de pasos. Estos están relacionados con contratos entre propietarios y con las compañías eléctricas para compensación de excedentes, permisos con las autoridades y estudios de diseño para poder hacer la instalación solar más óptima. Podríamos resumirlos en:- Acuerdo de compra-venta entre vecinos
- Acuerdo con la compañía eléctrica
- Contar con los permisos necesarios (ayuntamiento, empresa, etc.)
- Estudio solar para analizar y diseñar
- Realizar la Instalación
Hola,
Es posible tener más de una instalación de uso privado en la comunidad?
Gracias.
Hola Carlos. Depende del tipo de comunidad a la que nos refiramos. Si hablamos de la clásica comunidad de un edificio, no es posible. La instalación deberá ser común, y definir si los los propietarios la utilizarán en zonas comunes o individualmente. No obstante, para poder asesorarte de manera más detallada sobre tu caso, te animo a solicitarnos más información a través del 911 08 35 18 o rellenando el siguiente formulario: https://smartspain.es/oferta-solar/. Gracias.
Hola buenas.
Se trata de una comunidad de propietarios de viviendas unifamiliares. Cada unifamiliar tiene su propia azotea pero la misma no se puede aprovechar convenientemente para ubicar los paneles fotovoltaicos por el tema de las sombras. Cada unifamiliar tiene unos salientes (las habitaciones de la planta anteriotr como que sobresalen de la linea de fachada un par de metros) hacia el jardín individual que da a las zonas comunes. Estos salientes (techo de habitación en prolongación del ático después del peto protector) son buena opción para colocar paneles porque no tienen sombras. Varios vecinos queremos usar esos salientes para poner las placas pero hay vecinos que se oponen porque según ellos se modifica la estética del edificio y habría que aprobarlo por unanimidad en junta ya que como es la azotea esta es un elemento común de la comunidad (aunque a cada azotea sólo se accede desde su unifamiliar). ¿Es cierto que hace falta unanimidad? ¿Se puede alegar que los paneles solares afectan a la estética del edifico cuando hay otros elementos en las azoteas como chimeneas, antenas de TV …que tb afectan a la estética del edificio? La cuestión final es ¿yo como propietaria de la vivienda X puedo poner paneles solares fotovoltaicos en mi propio saliente o tiene que haber unanimidad para hacerlo?
Hola Patricia. El caso es peculiar y seguramente hubiera que acudir a los estatutos de la comunidad. Podemos tratarlo de manera más óptima en el 910 867 623. Te animo a consultarnos ahí. Un saludo.
Hola, quiero poner placas solares en mi casa que está en una Comunidad de propietarios. Mi vecino contiguo con quien comparto la meridianera tiene placas en el límite de nuestras propiedades y desde la 1pm ya me genera sombra lo que me impide poner mis placas.. Qué hacer? Urbanismo de Torrevieja-Alicante me dice de hablar con mi vecino pero él no quiere mover sus placas
Hola Carolina. Puedes llamar al 910 867 623 para ver cómo sería posible tratar la situación. Un saludo.
Comunidad de chalets adosados.
Qué distancia debe haber entre las placas solares colocada en el tejado de un chalet y el muro de separación del chalet del vecino contiguo?
Hola Lourdes. Puede depender de la normativa de la comunidad autónoma y/o del municipio. Podemos atenderte con más detalle en el 910 867 623. Un saludo.
Hola qué espació puedo utilizar en la cubierta de mi comunidad sin perjudicar a mis vecinos y no ocupa su espacio
Hola Manuel. Puede depender de diferentes factores. Para atenderte de manera más detallada, puedes consultarnos al 910 867 623. Un saludo.
¡Hola!
Un par de consultas:
– Suponiendo que una comunidad llega al acuerdo de instalar fotovoltaica para uso privativo con un 40% del apoyo de propietarios, ¿la superficie vertical máxima del tejado que puede utilizar es del mismo modo el 40%, o el 100%? lo pregunto porque si el tamaño de la instalación está restringida al apoyo inicial, en el supuesto de que otros quisiesen sumarse en segunda instancia la instalación podría quedarse pequeña.
– ¿Es válido un 1/3 de apoyo a la instalación aunque solo, supongamos, un 25% de los vecinos estén interesados en participar? Que haya vecinos que no estén interesados, pero que no se opongan. En ese caso, vinculado con la primera pregunta, ¿la superficie usable sería el 33% o el 25%?
Saludos,
Hola Alexander.
– Para tu primera pregunta, aunque hay que analizar el caso de forma individual, en principio se intentará utilizar la máxima superficie útil del tejado para poder generar lo máximo y que se reparta entre los vecinos interesados.
– Para tu segunda pregunta, aunque haya vecinos que no se opongan, tendrían que votar a favor para obtener ese tercio necesario. Y volviendo a la pregunta anterior, aunque cada caso debe analizarse de forma individual, en principio se intentará utilizar la máxima superficie útil.
Para poder asesorarte de manera más detallada sobre tu caso, te animo a solicitarnos más información a través del 911 08 35 18 o rellenando el siguiente formulario: https://smartspain.es/oferta-solar/.
Gracias.
En la comunidad son 16 propietarias y 3 quieren poner las placas para uso privado se puede?
Hola Marta. Es posible si la propuesta cuenta con el apoyo de un tercio de los vecinos. Y, si la instalación es aprobada, el pago sólo correrá a cargo de quien decida beneficiarse de la energía solar. Un saludo.
Somos 6 vecinos y dos locales. Hay los pisos 1º-1ª, 2º-1ª y 3º-1ª a un lado de escalera y con su terrado. en los pisos 2º-2ª, 3º-2ª y 4º-1ª están al otro lado de la escalera. Cada lado tiene su propio terrado, donde existe una parte propiedad de cada vecino y el resto es comunitario. Los locales no tienen acceso a los terrados.Hay un vecino que quiere poner placa solar. Si hay cinco (5) vecinos que le dan permiso u uno (1) que no. Los que den permiso estan obligados a participar economicamente en la instalación ? esta es la primera pregunta.
La segunda pregunta, si se le da permiso, pero instalarla en su parte propietaria o podría instalar parte en la zona comunitaria.
La tercera, puede instalarla sin permiso en su parte privada.
Cuarta, si un vecino no quiere, tanto si se instala en zona privada como comunitaria. Está obligado a participar tanto en la instalación como en el manteniiento ?
Hola Fernando. El caso que comentas es muy peculiar y puede depender de muchas connotaciones. Te recomiendo que, para que podamos atenderte de manera detallada, nos llames al 911 083 518 o que rellenes el siguiente formulario: https://smartspain.es/oferta-solar/. Un saludo.
Buenas tardes, vivo en un chalet con dos viviendas que compartimos tejado. Queremos poner placas solares pero nuestro vecino no quiere y dice que es necesario su voto. No hay comunidad de propietarios ya que somos solo este vecino y nosotros ¿en este caso es necesaria su aprobación o al ser nuestro voto el 50% mayor de 1/3 podemos ponerlas? Gracias
Hola Teresa. El caso puede tener diferentes detalles a valorar, y necesitaríamos de más información. Para que podamos darte un diagnóstico, puedes llamarnos al 910 867 623 o rellenar el siguiente formulario: https://smartspain.es/oferta-solar/. Un saludo.
Buenas tardes. Vivo en un bloque de apartamentos y los áticos tienen solárium. Uno de los vecinos quiere instalar paneles solares en su solárium privado, sin que la instalación afecte a zonas comunes. Necesita de un permiso de la comunidad o sólo con el consentimiento del presidente es suficiente, como dice el administrador?
Hola Luis. Habría diferentes detalles a analizar, por lo que te recomiendo que, para que podamos hacer un estudio solar, nos llames al 910 867 623 o rellenes este formulario: https://smartspain.es/oferta-solar/. No obstante, podríamos encontrarse dificultades si hablamos de cubiertas de cristal, y es probable que fuera necesario el permiso de la comunidad. Un saludo.
Buenas. Me gustaría que me dierais información acerca de instalación de placas solares en techo comunitario para uso privativo, con alguna estimación de presupuestos para una instalación de unos 4-5 Kwh
Hola Rafa. Para darte una respuesta podemos hacerte un estudio solar gratuito. Sólo necesitamos que llames al 910 867 623 o que rellenes este formulario: https://smartspain.es/oferta-solar/. Estaremos encantados de escucharte. Un saludo.
Buenos días, en caso de una minoría de vecinos en autoconsumo, caso de 1/3 y <50% ¿Estos deberían contribuir con un extra en su cuota por el uso, aprovechamiento y servidumbre de espacios comunes? ¿Como se calcularía o acordaría?
Hola Javier. Depende de si la aprobación para la instalación es para zonas comunes o para uso privativo. Si es para zonas comunes, todos los propietarios tienen obligación de pago. Si es para zonas de uso privativo, sólo los interesados.
Puedes contarnos tu caso y te asesoraremos con más detalle a través del siguiente formulario: https://smartspain.es/oferta-solar/.
Un saludo.
Buenas tardes, quiero instalar placas solares sobre mi casa, pero vivo en un edificio de vecinos. Vivo en un ático y las placas irían sobre mi techo. Necesito permiso de la comunidad en este caso? Gracias.
Hola Víctor. Aunque las placas vayan sobre tu techo, si la cubierta es comunitaria, sí necesitas permiso de la comunidad.
En cualquier caso, para poder asesorarte de manera más detallada sobre tu caso, te animo a solicitarnos más información rellenando el siguiente formulario: https://smartspain.es/oferta-solar/.
Un saludo.
hola quiero poner una instalacion de placas solares en una cubierta comunitaria , en la que somos 4 propietarios y soy dueño de 2 pisos , la mitat de la comunidad , pueden ponerme alguna oposision los vecinos .
hay que dividir el tejada por el nº de propietarios , aunque se necesite mucho menos de la proporcionalidad del tejado .
yo corro con todos los gastos de la instalacion ya que es para uso particular.
Hola Joan. Se aplica el concepto de «doble mayoría». Esto significa que debes conseguir los votos tanto en el coeficiente de propiedades como en el número de propietarios. Es decir, en esta última votación tendrías únicamente un voto. No obstante, puedes explicarnos más detalles en el 910 867 623 para poder ofrecerte más ayuda. Un saludo.
Buenos días,
Vivo en un ático en una comunidad de vecinos y quiero poner placas solares en la cubierta de la comunidad pero que está encima de mi ático, para este caso necesito autorización de 1/3 de los vecinos o solo permiso de la comunidad?
Un saludo y gracias
Hola Oscar. Si la cubierta es de la comunidad hay que hacerlo de acuerdo a los estatutos y la Ley de Propiedad Horizontal, por lo que si necesitarías autorización de los vecinos. Puedes contarnos tu caso y te asesoraremos con más detalle a través del siguiente formulario: https://smartspain.es/oferta-solar/. Un saludo.
Buenas tardes. Vivo de alquiler y el contrato de suministro eléctrico está a mi nombre. La comunidad va a instalar placas solares. La propiedad de mi piso quiere que le facilite los datos de mi contrato para «engancharse» al sistema de energía fotovoltaica. La pregunta es si puedo negarme como titular del contrato de la luz . Gracias.
Hola Ana. Eso puede depender de las condiciones que tengas pactadas con el propietario de la vivienda. No obstante, conectar la energía solar puede suponer buenas ventajas en tu factura. Un saludo.
Buenos días.
Vivo en una comunidad de 4 chalets, 3 adosados y 1 independiente. Estamos constituidos en Comunidad de vecinos compartiendo todas las zonas comunes.
Un vecino ha solicitado poner paneles solares pero dado el coste que le supone hacerlo sobre su tejado quiere hacerlo en una fachada que da a las zonas comunes y además afecta a mi jardín (ya que dicha fachada completa el perímetro de mi jardín). ¿podría hacerlo si hay 1/3 de votos a favor?
Hola Carmen. Para el aprovechamiento de placas solares con uso privativo, es necesario 1/3 de votos a favor como bien indicas, pero el lugar de colocación ha de ser de mutuo acuerdo entre los vecinos. Un saludo.
Buenos días, vivo en una comunidad de propietarios con muchos vecinos (12 plantas y cinco pisos por planta) desearía hacer una instalación para uso privativo, pero no encuentro ningún otro vecino que quiera también participar en ello. ¿puedo seguir adelante con la idea, si lo llevo a la junta y obtengo el voto favorable de 1/3 aunque sólo sea ara mi? En este caso de cuantos metros cuadrados de azotea podría disponer? ¿es proporcional a la coeficiente de propiedad, o puedo utilizar más metros a fin de optimizar el coste/beneficio? Gracias
Hola Gustavo. Si la instalación es para uso privativo, la ley de Propiedad Horizontal dice que deberás pedir permiso a la comunidad y contar con la aprobación de un tercio de propietarios. Para valorar adecuadamente tu caso, mejor contacta con nosotros a través del siguiente formulario https://smartspain.es/oferta-solar/. Un saludo.
Por lo de uso privativo, si la instalacion de las placas esta en mi jardin privado, es necesario pedir permiso?
Hola Wendy. Sí, es necesario pedir permiso a la comunidad. Y, para poder ayudarte más en detalle, te recomiendo que nos llames al 910 867 623. Un saludo.
Buenas tardes, vivo en una comunidad de chalets y quieren instalar placas solares para uso privadoArturo en los tejados (que son comunitarios), cada uno en la parte de tejado que está encima de su casa. He visto que necesitan mayoría de 1/3, pero esa mayoría se refiere a la junta de propietarios o del total de la propiedad.
Muchas gracias
Hola Arturo. Deberá existir al menos un tercio de apoyos de la junta, que a su vez deberá estar representada por como mínimo un tercio del total de los propietarios. Para conocer más detalles, podemos atenderte en el 910 867 623 o a través del siguiente formulario. Un saludo. https://smartspain.es/oferta-solar/
Hola, en una comunidad de duplex adosados, es necesario pedir permiso a la comunidad para la instalación de placas solares, aunque esta sea en su propiedad ?
Hola Andrés. Sí, es necesario. Aunque el uso sea privativo puede, por ejemplo, afectar a la estética de la comunidad. No obstante, podremos atenderte más detalladamente y ayudarte a gestionar los permisos en el 910 867 623 o solicitando información a través de este formulario: https://smartspain.es/oferta-solar/. Un saludo.
Buenas tardes. Soy Rafa, vivo en un recinto cerrado y quieren poner placas solares para todos los vecinos y para los gastos de la comunidad, ascensr motores escaleras, etc, unos cuantos vecionos nos oponemos por el gasto enorme que esto conlleva, que podemos hacer, podemos quedarnos fuera y no beneficiarnos del proyecto o es obligatorio. muchas gracias
Hola Rafa. Cuando hablamos de instalaciones para elementos comunes, donde todos os vais a beneficiar, efectivamente es obligatorio colaborar siempre que un 50% de los propietarios estén a favor. No obstante, aunque la inversión inicial pueda parecer elevada, en pocos años estará amortizada. Y, si lo prefieres, puedes llamar al 910 867 623 e intentaremos encontrar una mejor solución. Un saludo.
buenos dias . en una reunion de la comunidad de vecinos un grupo numeroso decidimos apoyar el poner placas solares cada uno de manera particular sobre los tejados de cada casa ( son unifamiliares independientes con los tejados comunitarios ) dos de los vecinos se negaron y la administradora de la comunidad nos dice que hace falta unanimidad por ser aprovechamiento particular de elementos comunes quisiera saber si se tendria que aplicar el articulo 17 de la ley de propìedad horiziontal o lo que ella indica gracias
Hola Francisco. Parece que es un caso en el que hay que conseguir dos tercios de votos favorables de los propietarios. No obstante, para que podamos conocer más en profundidad el caso y poder ayudarte, puedes llamarnos al 910 867 623. Un saludo.
Hola, vivo en Armilla, provincia de Granada, en el edificio donde vivo hay 2 viviendas y 4 locales, los propietarios de las viviendas poseen un coeficiente del 82 % , en las escrituras de propiedad, se recoge que las escaleras y la terraza es para el uso y disfrute exclusivo de las viviendas.
Los propietarios de las viviendas, queremos instalar placas fotovoltaicas, para uso privado. Por ahora, solo el propietario de una de las viviendas acometería dicha instalación, el otro lo efectuaría más adelante. El propietario de un local con un coeficiente de 6 %, quiere instalar también una placa o placas en el tejado del edificio que tendrá una superficie aproximada de 50 m2. La terraza tiene aproximadamente 100m2 de superficie, pero los propietarios de las viviendas se oponen y no quieren que se haga uso de esa superficie por los problemas que se han tenido con caladuras de aguas, ademas de no poder hacer uso de la misma, por la ocupación que supondrían, instalación de las mismas.
¿Se puede negar la comunidad a que el propietario de dicho local pueda instalar placa o placas fotovoltaicas, el tejado, dado que el uso de acceso a dicho tejado es por las escaleras del edificio que es de uso exclusivo y disfrute para las viviendas?. Además de que la superficie del tejado como he expuesto anteriormente es muy limitado 50 m2 aproximadamente en dos vertientes, que serían necesarias para la instalación de placas para las dos viviendas. Además ese local, no dispone de conexión de enganche eléctrico a ninguna compañía de electricidad, y quiere poner la placa para generar la energía necesaria para encender una bombilla y quizás algo más.
Gracias
Hola Manuel. El caso que nos presentas es muy particular y, para poder darte la mejor respuesta y solución, es mejor que nos consultes a través del 910 867 623 o rellenando este formulario: https://smartspain.es/oferta-solar/. Un saludo.
Buenos días Juan Carlos, mi nombre es Benito, vivo en una comunidad de vecinos, cuales han aprobado la instalación de placas fotovoltaicas en la azotea para alimentar aerotérmia para ACS y calefacción. El exceso de electricidad lo emplearían par alumbrado de zonas comunes de escaleras, ascensores, et.
Yo tengo un local en planta baja entrada por la calle, no tengo acceso a zonas comunes ni dispongo de calefacción ni ACS comunitaria. Pregunta ¿pueden repercutir los gastos de esa nueva instalación al local?
Un saludo.
Hola Benito. Seguramente sea necesario revisar los estatutos de la comunidad de propietarios. Un saludo.
Buenas tardes, quiero instalar placas solares sobre mi casa, pero vivo en un edificio de vecinos. Vivo en un ático y las placas irían sobre mi techo exactamente, la zona de tejas que tengo como tejado de mi planta superior. Hace poco la comunidad declinó la propuesta para la colocacion de placas fotovoltaicas para cubrir gastos comunes. Aunque algun dia se decida montar esa instalacion, queda superficie suficiente para el montaje de la misma. Es obvio que necesito el permiso de la comunidad, pero que % necesito? De los vecinos que vengan a la reunión de la comunidad el dia que yo solicite el permiso? de todos los vecinos? mayoria simble o unanimidad de los mismos?
Gracias
Hola Adriano. Para la instalación de placas en comunidades para uso privativo, será necesario al menos un tercio de los votos favorables en la junta convocada y que, a su vez, represente al menos un tercio del total de propietarios. Si quieres, puedes llamarnos al 910 867 623 para tratar el tema en detalle y ofrecerte alternativas si fuera posible. O escribirnos un WhatsApp al 669 09 18 69. Un saludo.
Hola
Tengo un ático y me gustaría poner paneles solares en el techo de mi ático, ay una ley en contra o a favor, para que mi comunidad no la pueda redactar? Puedo solo poner paneles si la comunidad los autoriza? Tengo que pedir autorización? La electricidad sería solo para mí, ya que soy yo quien pago todo.
Hola Sonia. Para una instalación de placas solares para uso privativo es necesario 1/3 de los apoyos en junta de vecinos y del total de propietarios. No debería ser complicado de conseguirlo ya que a ellos, la instalación, no les supondría ninguna inversión. No obstante, podemos asesorarte más en detalle a través del 910 867 623. Un saludo.
mi pregunta seria la siguiente, en mi comunidad de vecinos ya tenemos recogidas las firmas para la instalación de placas solares para uso privado, han firmado31 de 51. Los interesados en la instalación somos unos 7 u 8. La duda esta en que unos prefieren la instalación privada y dos prefieren la instalación común. Pueden convivir los dos tipos de instalaciones dentro de una comunidad de vecinos?
Hola José Manuel. Podría ser posible perfectamente. No obstante, para poder tratar el caso más en detalle, puedes ponerte en contacto con nosotros a través del 910 867 623. Un saludo.
Hola José Manuel,
En una comunidad de vecinos de 73 Bungalows, queremos hacer una instalación compartida, para usos comunes (servicios generales 30%) y la participación de 15 vecinos (70%).
¿Se necesita mayoría simple o de 2/3 de la junta?
¿Quien contrata?
Si algún vecino más quisiera participar de la instalación en un futuro ¿Como se haría?
Hola Miguel Ángel. Se necesitaría 1/3 de apoyos en junta, y que éste represente al menos a su vez a 1/3 del total de propietarios. No obstante, el tipo de instalación que comentas es peculiar y conviene comentarla en detalle. Será más fácil por teléfono, y te atenderemos gustosamente en el 910 867 623. Un saludo.
Buenas, en mi caso somos 48 vecinos, he leido que necesito aprobación de 1/3, pero 1/3 de los 48 vecinos o 1/3 de los que se presente a la reunión de la junta. ¿Es decir, si van 9 a la reunión, se saca el tema, que necesito apoyo de 16 o apoyo de 3 personas para uso privativo del tejado comunitario?
¿Por otro lado como se reparte el tejado? Se reparte toda la superficie entre los que quieran instalar placas solares, o quieran reservarse el espacio para un futuro, o bien, si sólo yo pido que quiero placas solares me dan el espacio que quiera del tejado. Gracias.
Hola Rafael. La aprobación debe ser de ambas representaciones: un tercio de los presentes en junta y que a su vez representen al menos a un tercio de los propietarios. Respecto a cómo se reparte el tejado, puede depender de diferentes factores. Podemos asesorarte en más detalle a través del 910 867 623. Un saludo.
Vivo en un edificio de 4 pisos y uno de ellos instaló placas fotovoltaicas el año pasado con la autorización del resto de propietarios, ahora yo también estoy interesado en instalarlas, incluso he contactado con la misma empresa que instaló las del vecino, ¿tengo que volver a pedir permiso a la comunidad de propietarios?
Hola Natalia. Efectivamente, sería necesario pedir la autorización de la comunidad de propietarios. Un saludo.
Hola, vivo en un edificio de 10 plantas, me gustaría saber si podría poner paneles solares en la fachada de mi terraza. Gracias!
Hola Arturo. Habría que contar con la aprobación de la comunidad de vecinos. Y además, según la comunidad autónoma y municipio donde te encuentres, habría que valorar otros permisos. Puedes contactarnos en el 910 867 623 para tratar tu caso de manera más detallada. Un saludo.
Buenos días. Vivo en una comunidad en el que parte de los vecinos quieren poner placas solares en el tejado plano del edificio. Yo vivo en el último piso y sobre mi vivienda irían instaladas parte de las placas ya que hay más viviendas en la última planta. ¿Puedo negarme de alguna manera a que se instalen sobre el tejado que corresponde a mi vivienda dichas placas?
Hola Alfonso. Puede depender de la legislación que exista en tu municipio y/o comunidad autónoma. No obstante, su instalación seguro que también podría acarrear buenos beneficios para ti. Un saludo.
Somos varios vecinos y en un edificio de Madrid y ya hemos aprobando en Junta instalar placas solares en el tejado. Pero como somos pocos, hemos invitado a vecinos de edificios cercanos a participar en la financiación y uso de las placas, basándonos en el Real Decreto 224/2019, que habla de vecinos a menos de 500 m y que sé que recientemente se ha aumentado a 5 km.
Mi pregunta es: los vecinos de mi edificio tienen derecho a exigir a los vecinos que no son del edificio el pago de una cuota anual por el uso del tejado? Y en ese caso hay mínimos o máximos? Me temo que si pidieran mucho alguno podría echarse para atrás y entonces aumentaría lo que los demás tendríamos que pagar por la instalación.
Hola Pedro. Es una caso muy particular. Para poder atenderte con más detalle, puedes llamarnos al 910 867 623. Un saludo.
Buenos días,
Tengo un local en un edificio comunitario en Pamplona, actualmente lo uso como almacén, por lo que no tengo suministro de luz ni de agua. Los vecinos han aprobado poner placas solares en el tejado, tanto para las zonas comunes (garaje, portal, etc..), como el que lo desee para uso particular. Han habido locales que si las han querido y vecinos que también, por lo que esas instalaciones las tienen que pagar cada uno.
La duda se me genera en las placas para zonas comunes, de estas zonas hasta el día de hoy no acarreaba gasto ninguno para mi ya que no soy usuario (luz del garaje, luz de escaleras y portal, etc). Pero se me está pasando un recibo por la instalación de estas placas solares, de un uso que hasta ahora no era participe y de la que una vez instalada tampoco tengo ningún tipo de beneficio ni de uso.
¿Es esta la forma de actuar legalmente?
¿Tengo derecho a solicitar algo?
En caso de qué la instalación reciba algún tipo de subvención, ¿esta se reparte según los pagos entre todos los que han acarreado con los gastos de la instalación o se lo guarda la comunidad de vecinos para futuros recibos o gastos que se puedan generar?, de los cuales yo no soy participe y obviamente, tampoco tendría beneficio.
Un saludo y gracias de antemano.
Hola Jesús. El caso es muy particular y es difícil dar una respuesta en la distancia. Te recomiendo que consultes los estatutos de la comunidad y a las autoridades municipales y regionales correspondientes. Un saludo.
Buenos días:
Vivo en una comunidad de 9 vecinos. bajos, 1ºs y 2ºs, tres de nosotros vivimos en los bajos. tenemos jardines privados en escrituras, no de uso privativo, (recalco esto porque no es lo mismo).
Quiero instalar placas solares en mi jardín privado. Entiendo que no tengo que pedir ningún permiso a la comunidad, únicamente pedir los permisos necesarios municipales y de industria.
¿Estoy en lo cierto?.
Un saludo.
Hola Emilio. Es una situación particular. Te recomiendo que nos consultes al 910 867 623. Nuestros expertos te atenderán encantados. Un saludo.